ALCANCES SOBRE LA LEY 29719(Por favor compartirlo)
Hoy estuvimos conversando con el Dr. Edgar Jayo, en Radio Santa Ana desde la Ciudad de Ayacucho, acerca de la Ley 29719, promulgada el 24 de Junio del 2011 , la misma que los gobiernos de turno hasta la fecha la vienen incumpliendo de manera irresponsable, poniendo en peligro y en total vulnerabilidad frente al acoso y violencia escolar a nuestros cerca de 8 millones de educandos.
Entre algunos alcances que el pueblo peruano, especialmente los padres de familia deben conocer para defender el derecho de sus hijos de manera resumida son:
Art. 1. Objeto de la Ley
Establece los mecanismos, para diagnosticar, prevenir, evitar, sancionar y erradicar la violencia, el hostigamiento y cualquier acto considerado como acoso entre los alumnos de las Instituciones Educativas.
Art. 2 . Alcance de la Ley
Esta Ley regula la prohibición del acoso escolar en cualquiera de sus modalidades, cometidos por los alumnos entre sí, que provocan Violencia y saldos de víctimas.
Art. 3. Designación de un Profesional de Psicología.
DECLARECE DE NECESIDAD LA DESIGNACIÓN, por lo menos de un Profesional de Psicología en cada Institución Educativa, encargado de la prevención y el tratamiento de los casos de acoso y violencia entre los alumnos. La implementación de esta disposición de realiza en forma progresiva de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria, cuya plazo concluye en diciembre del 2012.
El Ministerio de Educación, define las funciones de este profesional, en el marco de la orientación, formación y la Terapia Educacional individual y colectiva.
Art. 5. Obligación del Ministerio de Educación.
Inciso 4. Supervisar el cumplimiento de esta Ley.
Hasta la fecha ningún Ministro de Educación ha hecho suyo esté artículo …Que hace que estén incurriendo en Violencia por Omisión atentando contra el derecho Universal de nuestros educandos del Perú.
Manifestó el Dr. Jayo que según versiones de Ministro de Educación , que está Ley no se implementa por falta de presupuesto, Qué presupuesto va haber?, Sí jamás un Ministro, incluyendo el actual lo ha solicitado, el estado debería declarar en emergencia y de necesidad Nacional la atención de la salud mental en las Instituciones Educativas, así mismo es importante, manifestar que el reglamento de la Ley en la que tuve el honor de representar al Colegio de Psicólogos en ese entonces 2012 en mi calidad de Secretario General del Consejo Directivo Nacional, obviaron totalmente los acuerdos elaborados por una comisión de cerca de 100 Psicólogos y que tuve el alto honor de hacerles llegar , no lo tomaron en cuenta por lo que el Colegio de Psicólogos del Perú se abstuvo de firmarla, solicitando a la Comisión de Educación del Congreso de la República a que observará dicho reglamento mientras no se haga las correcciones respectivas, lamentablemente nunca se hizo, dejando vulnerable el derecho de los niños y niñas del Perú hacer atendidos en sus necesidades psicológicas y en la prevención, diagnóstico y tratamiento de las diferentes formas de manifestación del acoso escolar y de violencia al interior de los Centros Educativos….por lo que hacemos de esta plataforma un llamado a todas las facultades de Psicología de las Universidades del país a exigir que se cumpla y pedir a nombre del futuro del Perú a que próximo Decano Nacional elegido democráticamente, por voto universal demandé al Estado por Incumplimiento de la Ley 29719…Un llamado a los padres de familia para que hagan valer está Ley que es un derecho de sus hijos…..